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Moratoria Municipal: pago contravenciones y multas de tránsito en el Juzgado de Faltas

Hasta el próximo 31 de diciembre se encuentra vigente la moratoria municipal en la que los vecinos de la ciudad pueden aprovechar de importantes para estar al día con lo que son las tasas de impuestos municipales.

En esta oportunidad, el director de Rentas del Municipio de Perico, Gustavo Irala se acercó hasta las oficinas del Juzgado de Faltas para dialogar con el juez de esa área Carlos Antar y ponerle en conocimiento que que contravenciones por infringir leyes u ordenanzas e infracciones de tránsito también entran dentro de la moratoria. «Las multas y contravenciones municipales también dimos la orden que ingresen dentro de la moratoria y así poder facilitarle al vecino que pueda cumplir con el pago de todos sus impuestos».

En tanto, el Juez de Faltas Carlos Antar comentó que desde su área a cargo “aquí ingresan contravenciones realizadas por el Ejecutivo a través de sus distintas reparticiones. Hay de tránsito, policía municipal, obras públicas, bromatología, inspectoría general, planeamiento, el cual todas esas multas ingresan al Juzgado de Faltas. Es importante decirle al contribuyente, que cualquier multa que se efectué dentro del Municipio de Perico, entra dentro de la moratoria todas aquellas infracciones que se hayan cometido hasta el 31 de agosto”.

Antar, remarcó que todas aquellas contravenciones que llegado el 31 de diciembre (fecha en que finaliza la moratoria) no hayan sido abonadas, se procederá a remitir las actuaciones a Asesoría Legal del municipio y el cobro se haga a través de apremios y obviamente los costos, serán mayores

Gustavo Irala comentó que alrededor del 40% de los contribuyentes de Perico no pagan los impuestos de automotor.

El horario de atención es de 8 a 17.30 en horario corrido en casa central de la dirección de Rentas en calle 23 de agosto Nº 54.

Las obligaciones tributarias que pueden abonarse son:

Tasa por Recolección de Residuos y Conservación de la vía pública.

Impuesto a la Radicación de Automotores.

Canon por Derecho de Piso.

Derecho de Construcción.

Derecho de Cementerio.

Tasa por Inspección de Seguridad, Salubridad e Higiene.

Derechos por Instalación de Antenas de Radiofrecuencia, Radiodifusión y Tele y Radiocomunicaciones.

Contravenciones y/o multas registradas en el Juzgado administrativo de Faltas.

Tasa de Espectáculos y Diversiones.

Tasa por Derecho de Publicidad y Propaganda.

Beneficios

De contado en efectivo, se condonará el 100% de los intereses resarcitorios, más una quita del 25% del Capital.

Con tarjeta de débito/crédito por el total adeudado, se condonará el 100% de los intereses resarcitorios, más una quita del 15% del Capital.

Plan de DOS a VEINTICUATRO cuotas, se condonará DESDE 100% de intereses hasta el 30% de los devengados a la fecha de consolidación.”

Requisitos

Constancia de CUIT, CUIL.

DNI

Documentación de la cual surja el domicilio declarado: comprobante de pago de alguno de los servicios públicos (luz, gas, teléfono).

El titular de Inmuebles deberá acompañar documentación del mismo.

La moratoria está vigente hasta el 31 de diciembre del corriente año. Para mayor información deben dirigirse a las oficinas de Rentas Municipal, Casilla SUETRA, Casilla de Santo Domingo, Caja de Dirección de Tránsito, Caja de Feria Mayorista y Minorista, Caja de Edificio Central del Municipio (Alberdi), Caja de RTO Bes, Caja de RTO Perico.

 

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